Argentina: se actualizó el monto para definir “perfil de usuario” en la compra de autos

0

concesionario entrega de llaves

Los responsables de los Registros de la Propiedad Automotor deberán definir un “perfil del usuario” cuando las operaciones de compra de vehículos sean de por lo menos $5.738.075, de acuerdo a la actualización establecida por la Unidad de Información Financiera (UIF), destinada a prevenir maniobras de encubrimiento y lavado de activos.

La medida se formalizó este martes a través de la disposición 73/2022 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (RNPA), publicada en el Boletín Oficial.

La norma implica un ajuste de 0,73% en relación con el monto fijado en la disposición 14 del 24 de enero de este año e involucra a “las operaciones relacionadas con motovehículos de 2, 3 ó 4 ruedas de 300 cc. de cilindrada o superior; coupé; microcoupé; sedán de 2, 3, 4 ó 5 puertas; rural de 2, 3, 4 ó 5 puertas; descapotable; convertible; limusina; todo terreno; familiar y pick up”.

A su vez se mantuvo la cláusula que indica que el monto será ajustado de manera automática “en enero y julio de cada año en base al porcentaje de incremento del Índice de Precios del Sector Automotor acumulado en los últimos seis meses, a partir del día siguiente hábil de la fecha de publicación en la página web de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (Acara)”.

En base a la última lista de precios de la entidad, estarían alcanzados por la medida varios modelos que se ubican entre los más vendidos del mercado argentino tal el caso de las pick-ups medianas Toyota Hilux, Ford Ranger, Volkswagen Amarok, Nissan Frontier y Renault Alaskan (todas de producción local), y otros modelos importados como Fiat Toro, Jeep Compass y Commander, Chevrolet Equinox, Toyota Corolla Cross y la gama de Ford conformada por Bronco, F-150 y Kuga, por citar algunos de ellos.

El “perfil del usuario” que deberán elaborar los encargados de los registros “estará basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria, que hubiera proporcionado el usuario o que hubiera podido obtener el propio Encargado de Registro”, se indica en la norma que actualiza los montos de la disposición 293/2012 y sus modificatorias.

La disposición cuenta entre sus principales antecedentes normativos la resolución 127/2012 de la UIF, en la que se establecieron los procedimientos y plazos que deberán tener en cuenta “a los fines de efectuar el Reporte de Operación Sospechosa (ROS), la obligación de designar un Oficial de Cumplimiento, los criterios para determinar si determinadas operaciones resultan sospechosas, y las oportunidades y límites del cumplimiento de la obligación de reportarlas”.

En esa resolución, además, se estableció que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios “debe adoptar formalmente una política por escrito en acatamiento de las leyes, regulaciones y normas para prevenir e impedir el lavado de activos y la financiación del terrorismo, de cumplimiento obligatorio para todos los Registros Seccionales bajo su jurisdicción”.

Sobre el Autor

Periodista desde 1994 y amante de los autos de toda la vida. En 2006 le di forma a este blog. ¿Más datos? Clic en la casita ->

Comentarios están cerrados.